En 1998 se reglamentó mediante Ordenanza Municipal el Turismo Estudiantil en la localidad, la cual fue modificada a fines del año 2001, dando origen así a la Ord. Nº 4367/01, vigente en la actualidad.

Definición

"Se entiende por Turismo Estudiantil a aquella actividad desarrollada por contingentes, que conformen un grupo de diez o más integrantes, en su mayoría menores de 18 años, que se alojan, visitan y realizan actividades turísticas en nuestra localidad".

Grupos de turismo estudiantil que viajen a San Martín de los Andes

En primer término deben chequearse las diferentes modalidades de Viaje, sus correspondientes tasas y requisitos para definir donde se encuadra el grupo: Esta información es parcial y a modo de presentación de algunos puntos prácticos; para mayor información sobre los coordinadores locales, responsabilidad de la agencia y del alojamiento, supervisión de los grupos, etc. Puede chequear la ordenanza. VER ORDENANZA

Con su respectiva modificación tarifaria de acuerdo al art.81 Libro IV tarifaria Municipal:

Modalidad Tarifa de la Tasa de Supervisión y Fondo de Garantía

Turismo de Egresados

Tasa de Supervisión $ 200 por pernocte y $1500 Fondo de Garantia por persona.

Otros grupos de Turismo

Turismo estudiantil

Tasa de Supervisión $ 100 por pernocte y $ 1500 Fondo de Garantía por persona.

Turismo Juvenil

Tasa de Supervisión $ 100 por pernocte y $ 1500 Fondo de Garantía por persona.

TARIFAS SUJETAS A CAMBIO DE TARIFARIA (CONSULTAR)

 

ANEXO II (turismo egresados).doc
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